jueves, 2 de diciembre de 2010

REGLAMENTO O MANUAL DE CONVIVENCIA 2011


REGLAMENTO O MANUAL DE CONVIVENCIA
MCO-07



RESOLUCIÓN RECTORAL No. 39
30 de Noviembre de 2010

Por la cual se adopta el MANUAL DE CONVIVENCIA para los/as Estudiantes:

El Rector del COLEGIO MAYOR DE SAN BARTOLOMÉ, considerando:

Que los artículos 73 (PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL P.E.I.) y 87 (REGLAMENTO O MANUAL DE CONVIVENCIA), de la Ley 115 de 1994 establecen el Reglamento o Manual de Convivencia para todos los centros educativos.

Que el artículo 144 (Funciones del Consejo Directivo) de la misma Ley, literal C, señala como función del Consejo Directivo adoptar el Reglamento de la Institución, de conformidad con las normas vigentes, y que esto se encuentra reglamentado en el Artículo 23 del Decreto 1860 de 1994.

Que el Artículo 17 del Decreto 1860 de 1994 (REGLAMENTO O MANUAL DE CONVIVENCIA) reglamenta lo establecido en la Ley 115. Que después de la aprobación dada al Reglamento o Manual de Convivencia por el CONSEJO DIRECTIVO de la Institución en fecha 29 de Noviembre de 2010 conforme con las normas anteriormente citadas.


RESUELVE:


Artículo Primero: Aprobar la reforma al actual Reglamento o Manual de Convivencia del Colegio Mayor de San Bartolomé, después de un amplio estudio, deliberación y consenso de los diferentes estamentos de la Comunidad Educativa en sus niveles: Preescolar, Primaria y Bachillerato.

Artículo Segundo: Derogar los anteriores Reglamentos o Manuales de Convivencia Escolar.

Artículo Tercero: Dar a conocer el texto completo del Reglamento o Manual de Convivencia a toda la Comunidad Educativa para su interiorización y cumplimiento.

Artículo Cuarto: Este Reglamento o Manual de Convivencia rige a partir del 01 de Enero del 2011


Dado en Bogotá D.C., 30 de Noviembre de 2010

FERNANDO MENDOZA V., S.J.
RECTOR


JUSTIFICACIÓN

El Manual de Convivencia es el conjunto de orientaciones éticas, de normas y criterios establecidos por la Comunidad Educativa del COLEGIO MAYOR DE SAN BARTOLOMÉ, y tiene como fin contribuir a la formación de personas sobre la base de su propia realización de manera que cada uno aprenda a ser responsable, libre y autónomo con la exigencia y la colaboración de los otros, para promover un nuevo orden social, un proyecto de nación, en la que todos podamos ser felices y plenos.


REGLAMENTO - MANUAL DE CONVIVENCIA
DEL COLEGIO MAYOR DE SAN BARTOLOMÉ


PREÁMBULO


EL COLEGIO MAYOR DE SAN BARTOLOMÉ CONSIDERANDO:
1.     Que la Constitución Política de 1991 fomenta la práctica democrática en los establecimientos educativos, a través del aprendizaje de los principios y valores de la participación ciudadana. (C.N. Art. 41).
2.     Que la Ley General de Educación (Ley 115 de 1994) y las normas que la reglamentan son instrumento jurídico que pretende proveer las condiciones objetivas para que la educación sea un bien de altísima calidad, al cual accedan los colombianos.
3.     Que en sus objetivos educativos institucionales la formación integral y personalizada de sus Estudiantes es primordial, a fin de que logren su integración efectiva en la sociedad colombiana y sean capaces de ayudar a transformarla en una sociedad más justa y más humana.
4.     Que los valores éticos y cristianos deben promoverse para hacer posible la convivencia en la tolerancia, por parte de todos los Estudiantes.
5.     Que el Colegio es lugar privilegiado para la educación de la convivencia en la tolerancia, por parte de toda la Comunidad Educativa.
6.     Que es necesario establecer los principios, valores, y normas que regulen las relaciones y actividades de los Estudiantes con los demás miembros de la Comunidad Educativa (Directivos, Docentes, Padres y Madres de Familia, Personal Administrativo, Personal de Apoyo Educativo y Antiguos Alumnos del Colegio).


P R O C L A M A


El presente REGLAMENTO O MANUAL DE CONVIVENCIA como ideal común de comportamiento de nuestra Comunidad Educativa. Éste debe tener como fin lograr la convivencia en la tolerancia, en la solidaridad, en la justicia, en el respeto y en la paz; para preparar hombres y mujeres formados integralmente desde las Dimensiones: Ética, Espiritual, Cognitiva, Afectiva, Comunicativa, Estética, Corporal y Socio-Política.

FUNDAMENTOS LEGALES
Son fuentes legales para la elaboración y adopción del Reglamento-Manual de Convivencia del Colegio Mayor de San Bartolomé las siguientes:
1.     La Constitución Política de Colombia de 1991. Título I De los principios fundamentales.
2.     Declaración de los Derechos del Niño: Ley 12 de Enero 22 de 1991.
3.     Código de la Infancia y la Adolescencia: Ley 1098 de Noviembre 8 de 2006
4.     Nueva Ley General de Educación: Ley 115 de 1994, Artículos 73, 97 y 144.
5.     Decreto 1860 de Agosto de 1994.
6.     Decreto 1290 de 16 de Abril de 2009
7.     Ley 200 de Agosto de 1995.
8.     Manual de Convivencia que rige hasta la fecha.
9.     Documentos Corporativos del Colegio Mayor de San Bartolomé y de la Compañía de Jesús.
10. Congregaciones 33 y 34 de la Compañía de Jesús.
11. Últimos fallos de la Corte Constitucional sobre aspectos relacionados con la educación.

PRINCIPIOS FUNDAMENTALES
1.     En el Colegio Mayor de San Bartolomé entendemos la educación como un proceso de personalización y socialización de tal manera que con EXCELENCIA INTEGRAL formamos hombres y mujeres para los demás y con los demás.
2.     El Reglamento o Manual de Convivencia es el código ético y moral de nuestros/as Estudiantes, Padres y Madres de Familia o Tutores, fundamentado en el derecho a la educación como un DERECHO - DEBER.
3.     El Reglamento o Manual de Convivencia contiene las normas que regulan nuestra convivencia y es deber de los miembros de la Comunidad Educativa respetarlas, acatarlas y hacer aportes para mejorarlas.
4.     LA FORMACIÓN INTEGRAL DEL BARTOLINO Y LA BARTOLINA y el Reglamento o Manual de Convivencia han de ser el horizonte que guíe las acciones de nuestros/as Estudiantes.
5.     El Colegio Mayor de San Bartolomé desarrolla un proyecto Coeducativo, que nos permite educar hombres y mujeres en la equidad y en el respeto a sus diferencias.
6.     El Reglamento o Manual de Convivencia se construye con la participación de los diferentes estamentos de la Comunidad Educativa para ser interiorizado, asumido y vivido por todos sus miembros.
7.     El Colegio Mayor de San Bartolomé desarrolla procesos de Gestión de la Calidad evaluados y aprobados por el ICONTEC con respecto a la Norma internacional ISO 9001:2000 – NTC–ISO 9001:2000 -IQNET (The International Certification NetworK) aplicable al “diseño y prestación del servicio de educación en los niveles de Preescolar, Básica Primaria, Básica Secundaria y Media”.


TÍTULO I
CONFORMACIÓN DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA, ADMISIONES Y MATRÍCULAS


CAPÍTULO 1
LA INSTITUCIÓN

Artículo 1. El Colegio Mayor de San Bartolomé es una Institución Educativa privada, dirigida por la Compañía de Jesús, confesionalmente Cristiana Católica y autorizada legalmente por el Ministerio de Educación Nacional.

Artículo 2. El Colegio Mayor de San Bartolomé está ubicado en: Sede Preescolar y Primaria: Carrera 23 No. 28 – 55 Sur. Teléfono: 2788371. Sede Bachillerato: Carrera 7 No. 9-96. Teléfono 4442530.

Artículo 3. La razón social que identifica al Colegio es Fundación Colegio Mayor de San Bartolomé, cuyo Nit es 860062287-2. Su representante legal es el Rector o su delegado.

Artículo 4. El Colegio Mayor de San Bartolomé es una Institución Educativa afiliada a ACODESI (Asociación de Colegios Jesuitas de Colombia), que a su vez es una obra apostólica de la Compañía de Jesús en Colombia.


CAPÍTULO 2
DIRECCIONAMIENTO ESTRATÉGICO

Éste se encuentra en proceso de reestructuración por vencimiento de la fecha establecida en la Visión.

Artículo 5. VISIÓN
En el año 2010 el Colegio Mayor de San Bartolomé será reconocido por contar con una propuesta de alta calidad acorde con la tradición educativa de la Compañía de Jesús.

Artículo 6. MISIÓN
Somos una Comunidad Educativa Católica formada por Laicos y Jesuitas, e inspirada en la Espiritualidad Ignaciana.

Queremos ayudar a formar, en las jornadas diurna y nocturna, a mujeres y a hombres de escasos recursos económicos para el ejercicio de un liderazgo cristiano con sentido social, concretado en su esfuerzo cotidiano por ser más para servir mejor en la ciudad de Bogotá.

Contamos con 407 años de servicio educativo a la nación colombiana, cimentado en la tradición espiritual y educativa de la Compañía de Jesús, una filosofía centrada en la persona, una educación personalizante y liberadora, un Proyecto Educativo que se construye democráticamente y la mística de quienes educan en el Colegio.

Artículo 7. VALORES CORPORATIVOS
1.     Dar TESTIMONIO DE FE CATÓLICA centrada en la persona de Jesús como un compromiso diario de respeto y aceptación de sí mismo/a y de los demás.
2.     Ser JUSTOS Y EQUITATIVOS reconociéndole a cada uno/a lo que se merece, teniendo en cuenta las diferencias individuales y nuestras posibilidades.
3.     Crecer en la AUTONOMÍA fomentando el uso responsable de la LIBERTAD y asumiendo sus consecuencias.
4.     OPTAR POR EL MÁS NECESITADO/A, llevando a la práctica el amor a Dios expresado en el amor al prójimo.
5.     5 Ser TOLERANTES, respetando las diferencias y favoreciendo una sana convivencia.
6.     Sentirse IDENTIFICADOS/AS y COMPROMETIDOS /AS con la Misión de nuestra Comunidad Educativa.
7.     Expresar el AMOR cristiano, a través de búsqueda del bien total del hombre y la mujer.
8.     Vivir la HONESTIDAD, siendo claros y coherentes con nuestros principios y valores.
9.     Luchar por alcanzar el MAGIS buscando la Mayor Gloria de Dios en todo lo que hacemos.
10. Por medio del DISCERNIMIENTO descubrir la voluntad de Dios para la toma de decisiones.

Articulo 8. POLÍTICA DE CALIDAD
El Colegio Mayor de San Bartolomé desde su Visión y Misión, se compromete con una cultura de calidad que propicia el logro de la satisfacción de las necesidades y expectativas de la Comunidad Educativa, consolidando en su propuesta educativa estándares de excelencia académica y humana. Y optimiza los recursos que aseguran la sostenibilidad del Colegio.

Artículo 9. OBJETIVOS DE CALIDAD
1.     MACROPROCESO DE GESTIÓN DE DIRECCIÓN
1.1.    Asegurar la sostenibilidad (permanencia y desarrollo) de la Institución a mediano y largo plazo.
2.  MACROPROCESO DE GESTIÓN DE FORMACIÓN
2.1.  Formar integralmente desde el enfoque Ignaciano mediante un currículo articulado.
2.2.  Mejorar el nivel de satisfacción del beneficiario.
2.3. Propiciar experiencias y procesos de encuentros con Dios-Jesús que se reflejen en actitudes y acciones de cambio hacia la justicia y la solidaridad con los más necesitados.
3.  MACROPROCESO DE GESTIÓN HUMANA
3.1. Fortalecer las competencias del personal de la institución en lo humano y en lo profesional.
3.2.  Mantener un clima laboral que favorezca la dinámica de la institución.
4.  MACROPROCESO DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA FINANCIERA
4.1. Garantizar los recursos físicos y financieros de la calidad para apoyar los procesos del Colegio.


CAPITULO 3
ADMISIONES Y MATRÍCULAS

Artículo 10. El Consejo Ejecutivo en cabeza del Padre Rector determinará cada año los requisitos y el número de cupos disponibles por Grado.

Artículo 11. El proceso para todos los Grados implica las siguientes fases: preinscripción, inscripción, análisis de documentos, presentación de pruebas de aptitudes y/o conocimientos, entrevista psicológica y visita domiciliaria.

Parágrafo: En el caso de Preescolar se desarrollan todas las fases, pero no se aplican pruebas      , solo se realiza una observación general del aspirante.

Artículo 12. Las fases de análisis de documentos y de presentación de pruebas son de carácter eliminatorio. Esto no aplica para Preescolar.
Artículo 13. El Colegio se reserva las razones por las cuales un/a candidato/a es o no aceptado y por lo tanto no revelará ninguna información producto del proceso, pues ésta es clasificada como confidencial.

Artículo 14. Para matricular un/a Estudiante en la institución éste, debe presentar la documentación requerida por la Secretaría General.


TÍTULO II
DERECHOS Y DEBERES DE LOS/AS ESTUDIANTES


CAPÍTULO 1
DERECHOS FUNDAMENTALES

Artículo 15. El Colegio Mayor de San Bartolomé respeta, desarrolla y aplica los Derechos consagrados en la Constitución Nacional, al igual que los otorgados por la misma Institución Educativa.

Artículo 16. El Colegio aplicará en sus actuaciones el debido proceso, establecido en el Proyecto Educativo Institucional y en el Manual de Convivencia.

Artículo 17. Los/as Estudiantes tendrán los siguientes derechos:
1.       ACADÉMICOS:
a.   Recibir formación integral en las Dimensiones Ética, Espiritual, Cognitiva, Afectiva, Comunicativa, Estética, Corporal y Sociopolítica de acuerdo con el bien común y los principios Ignacianos. 
b.  Conocer desde el inicio del año, los criterios, procedimientos e instrumentos, sistema institucional de evaluación y promoción, pautas académicas de las diversas Asignaturas, Plan de Estudios y Estructura Curricular que forma parte del Proyecto Educativo Institucional (P.E.I.). (Estos documentos pueden consultarse en la Institución.)
c.   Recibir la orientación en los diferentes métodos y técnicas de estudio e investigación de cada Área/Asignatura, al igual que asesorías académicas, teniendo en cuenta los recursos y servicios con los que cuenta el Colegio.
d.  Conocer los resultados de las evaluaciones dentro de los ocho días hábiles siguientes a la realización de las mismas y a objetarlas por escrito dentro de los tres días hábiles siguientes de su notificación, antes de ser reportados los informes a la Secretaría Académica.
e.  Participar en forma dinámica, responsable y respetuosa en su proceso de aprendizaje y en todas las actividades programadas por el Colegio. Además, en la planeación, realización y evaluación del proceso de construcción del conocimiento.
f.    Presentar las excusas justificadas, para recibir la nivelación académica necesaria.  


2.     SOCIALES:
a.   Elegir y ser elegidos/as o revocar el mandato, teniendo en cuenta los requisitos que establece la Ley General de Educación, el Proyecto Educativo Institucional, el Reglamento o Manual de Convivencia y el Gobierno escolar.
b.  Participar en la elaboración del Proyecto Educativo Institucional, según su nivel de competencia.
c.   Participar en la construcción del Manual de Convivencia a través de las actividades implementadas por la institución y Conocerlo antes de firmar la Matrícula para el año lectivo siguiente con el fin de cumplirlo cabalmente. (Por lo tanto el Colegio considera como válido y suficiente, la distribución del mismo a través del medios virtuales).
d.  Conocer las observaciones antes de ser consignadas en su hoja de vida.
e.  Ser escuchados/as, a la defensa y a la aplicación del debido proceso, de acuerdo con el conducto regular establecido por el Manual de Convivencia.
f.    Recibir la asesoría y el acompañamiento de la Comunidad Educativa para superar las dificultades que encuentre en su proceso de formación integral.
g.   Recibir la orientación en valores para el desarrollo de la formación en la convivencia democrática.
h.  Disfrutar del descanso, del deporte, de lo artístico, lúdico y de otras formas de recreación, en los tiempos y lugares previstos para ello.
i.    Recibir el reconocimiento (público y/o privado) cuando se hagan merecedores del mismo a criterio de los/as Docentes y/o Directivos y a que sea consignado en su hoja de vida.
j.    Recibir el carné que lo/la acredita como Estudiante del Colegio, previa cancelación de su costo.
k.   Hacer llegar por escrito sus peticiones respetuosas, felicitaciones, reconocimientos, sugerencias, quejas o reclamos, escribiendo todos los datos de quien la realiza, de lo contrario el Colegio no lo tendrá en cuenta. El tiempo establecido para dar respuesta por parte de la Institución será de 10 días hábiles.
l.    Conocer e Interiorizar el Plan de Atención de Emergencias. Éste será publicado de forma Virtual.


3.     ÉTICOS, MORALES Y RELIGIOSOS:
a.   Recibir una educación basada en los principios Cristianos Católicos con las orientaciones de la Compañía de Jesús.
b.  Participar en las Eucaristías que se celebran en el Colegio, acudir y recibir los Sacramentos de la Reconciliación y Confirmación.
c.   Pertenecer a los Grupos Apostólicos, de servicio, culturales, deportivos y otros que ofrezca el Colegio.  
d.  Solicitar ayuda y orientación para la vida, así como la asesoría para su opción vocacional.


CAPÍTULO 2
DEBERES

Artículo 18. Los/las Estudiantes están en el deber de cumplir y hacer cumplir el lema: “DONDE HAY UN BARTOLINO HAY UN CABALLERO; DONDE HAY UNA BARTOLINA HAY UNA DAMA”.

Artículo 19. Los/as Estudiantes tendrán los siguientes deberes:
1.       ACADÉMICOS:
a.        Cumplir puntualmente con tareas, lecciones, trabajos, horarios escolares, actividades de refuerzo, nivelaciones y demás actividades individuales y colectivas programadas por el Colegio.
b.       Asistir y Participar activamente con todas las actividades escolares y extra escolares que el Colegio organiza, en función de la formación integral.
c.        Asistir y permanecer en el lugar asignado durante el tiempo previsto para las diferentes actividades programadas.
d.       Entregar oportunamente a los Padres y Madres de Familia o Tutores la información enviada por el Colegio, devolver los desprendibles debidamente firmados y entregarlos al/la Acompañante Grupal.
e.       Presentar al docente la excusa expedida por Bienestar Estudiantil, en la siguiente unidad de clase en las áreas que tuvieron lugar el/los día(s) de su ausencia.

2.       DE NORMALIZACIÓN:
a.        Cumplir cabalmente con el Reglamento o Manual de Convivencia y con el reglamento interno de cada uno de los servicios que le ofrece el Colegio.
b.       Respetar los principios de la doctrina Cristiana Católica y su práctica en el Colegio.
c.        Respetar y aplicar el Conducto Regular establecido por el Colegio.
d.       Llevar a cabo las estrategias planteadas por los diferentes estamentos del Colegio para su formación integral.
e.       Ser honestos/as en todas las manifestaciones de su vida escolar y cotidiana.
f.         Orientar las relaciones interpersonales y afectivas (noviazgo, por ejemplo) de acuerdo con la concepción de la formación de la afectividad, el respeto y los valores impartidos por el Colegio.
g.        Informar a tiempo sobre cualquier situación de irrespeto que vulnere los valores éticos, morales y afectivos de la Comunidad Educativa.
h.       Colaborar con los grupos apostólicos, culturales, deportivos y de servicio del Colegio.
i.         Asumir el costo de los elementos de uso comunitario, al causar algún daño.
j.         Portar siempre el carné del Colegio y el carné de la EPS.
k.        Abstenerse de realizar cualquier actividad con sentido comercial que tenga como fin una ganancia personal o de terceros. Ésta debe ser autorizada previamente por los Directivos del Colegio.
l.         Cuando se ausente del colegio debe presentar una vez retorne a éste la excusa e incapacidad correspondiente en Bienestar Estudiantil para expedirle la autorización respectiva.


CAPÍTULO 3
DERECHOS Y DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA

Artículo 20. Los Padres y las Madres de Familia tendrán los siguientes derechos:
1.     Informarse acerca del proceso de formación integral que siguen sus hijos/as en el Colegio.
2.     Ser tratados con respeto y cordialidad por parte de todos los miembros de la Comunidad Educativa.
3.     Participar en las actividades del Colegio a las que sean convocados.
4.     Participar en la elaboración del Proyecto Educativo Institucional, según su nivel de competencia.
5.     Conocer el horario de atención de los/as Docentes y de las diferentes dependencias.

Artículo 21. Los Padres y las Madres de Familia tendrán los siguientes deberes:
1.     Conocer e interiorizar la Filosofía del Colegio y el Reglamento o Manual de Convivencia (antes de matricular a su hijo/a en el Colegio) y, colaborar en el cumplimiento del mismo por parte de sus hijos/as.
2.     Acompañar adecuadamente el proceso de Formación Integral y velar por el cumplimiento de las obligaciones escolares de sus hijos/as, dentro y fuera del Colegio.
3.     Asistir puntual y obligatoriamente a todas las reuniones convocadas por el Colegio y, atender las citaciones que realicen los diferentes estamentos, de lo contrario, justificar oportunamente y por escrito, las causas que les impidan su asistencia.
4.     Dirigirse de manera cordial y respetuosa a cualquier miembro de la Comunidad Educativa, sea de forma verbal o escrita y respetar siempre el conducto regular.
5.     Presentar las excusas justificadas, en caso de inasistencia de su hijo/a, no enviarlo/la cuando hay incapacidad médica.
6.     Cancelar los gastos educativos: pago de matrícula, uso de textos, registros valorativos, uso de computadores, derechos de Grado, y otros aprobados por el Consejo Directivo. Y, estar a paz y salvo con todas las dependencias del Colegio.
7.     Devolver debidamente firmados los desprendibles de las circulares enviadas por el Colegio.
8.     Autorizar al Colegio Mayor la posibilidad de utilizar fotografías o imágenes de sus hijos/as, para los diferentes medios de comunicación del Colegio, preservando el respeto y el buen nombre de ellos/as.
9.     Presentar la solicitud de permiso (salida, ingreso tarde o de ausencia) con anterioridad, por escrito y firmada por el/la acudiente en Bienestar Estudiantil.

Parágrafo: Si un/a Estudiante se retira de la Institución en cualquier momento del año, no se le devolverá el valor de la matrícula ni la cuota de Asociación.


TÍTULO III
ACUERDOS ACADÉMICOS


CAPÍTULO 1
DEFINICIÓN

Artículo 22. Se entiende por acuerdos académicos todo lo referente al Plan de Estudios el cual se concreta en: Estructura de Áreas obligatorias, optativas, Dimensiones, Planes Integrados de Área, Programas, Proyectos, proceso de evaluación, actividades de refuerzo y/o superación y programas de refuerzo, establecidos en el Colegio conforme a la Ley General de Educación.

Parágrafo: Los acuerdos académicos de la Institución podrán ser modificados o ajustados durante el año, en caso de ser promulgados por parte de MEN, Leyes, Decretos o Resoluciones.


CAPÍTULO 2
PLAN DE ESTUDIOS

A continuación se presentan los Grados y sus respectivas Dimensiones (preescolar) y Áreas (Básica Primaria, Secundaria y Media), programas y proyectos.

Educación Preescolar

Decreto 2247 de Septiembre de 1997


DIMENSIONES
GRADOS
Ética
Jardín y Transición
Espiritual
Jardín y Transición
Cognitiva
Jardín y Transición
Afectiva
Jardín y Transición
Corporal
Jardín y Transición
Comunicativa
Jardín y Transición
Estética
Jardín y Transición
Sociopolítica
Jardín y Transición


Educación Básica Primaria, Básica Secundaria y Educación Media.

Áreas obligatorias y Fundamentales (Ley General 115 de 1994)


ÁREAS
GRADOS
Educación Religiosa
Primero a Undécimo
Matemáticas
Primero a Undécimo
Ciencias Sociales, historia, geografía, constitución política y democracia
Primero a Undécimo
Ciencias económicas  y políticas
Décimo y Undécimo
Ética y en valores humanos
Primero a Undécimo
Filosofía
Noveno, Décimo y Undécimo
Ciencias Naturales y Educación Ambiental
Primero a Noveno
Décimo y Undécimo
Humanidades, Lengua Castellana  e idiomas extranjeros
Primero a Undécimo
Tecnología e Informática
Primero a Undécimo
Educación Física Recreación y Deportes
Primero a Undécimo
Educación Artística y cultural
Primero a Undécimo



Parágrafo: El Plan Integrado de Área (PIA) está estructurado de la siguiente manera: Objeto de estudio, Proceso del área, Subprocesos, competencias, desempeños, Situación Problémica/Ámbitos Conceptuales Sugeridos, Metodología, Criterios de Desempeño, Actividades Especiales en algunas áreas y Bibliografía.

El Plan Integrado de Dimensión (PID) contiene Justificación, Objeto de estudio, Proceso, Subprocesos, competencias, desempeños,  Situación Problémica/Ámbitos Conceptuales Sugeridos, Metodología, Criterios de Desempeño, Actividades Especiales en algunas dimensiones y Bibliografía.


CAPÍTULO 3
PROGRAMAS

Contribuyen a la formación integral de los/as estudiantes, brindándoles desde muy temprana edad herramientas y experiencias, que les permiten conocer de manera gradual el proceso de desarrollo del ser humano a nivel afectivo, social y espiritual.

DIRECCIÓN ACADÉMICA:

Artículo 23. Programa para la Formación de la Afectividad: Corresponde a la capacidad para crear y mantener vínculos afectivos, basados en el amor por sí mismo y los demás y es coordinado por el Servicio de Asesoría Escolar SAE.

DIRECCIÓN DE PASTORAL:

Artículo 24. Programa de Formación y Acción Social (FAS): Contribuye a la formación integral de los/as Estudiantes brindándoles desde muy temprana edad experiencias que les permitan conocer y analizar gradualmente la realidad social de nuestro país, para que a la luz de los valores Evangélicos y cívicos, asuman compromisos concretos consigo mismos y con los menos favorecidos, para la construcción de una sociedad más justa y participativa.

Artículo 25. Programa de Encuentros con Cristo: Responde a las necesidades fundamentales de los/as Estudiantes en cada etapa de su vida e impulsa cada momento para su crecimiento humano y espiritual.


CAPÍTULO 4
PROYECTOS

DIRECCIÓN DE BIENESTAR ESTUDIANTIL:

Artículo 26. Proyecto de Libertad y Autonomía: Pretende prioritariamente concretar en un proceso pedagógico serio y de acuerdo con la psicología evolutiva, el desarrollo de la autonomía cognitiva, afectivo-motivacional, ética y moral-espiritual, para la toma de decisiones en un auténtico ejercicio de la libertad, aproximándose a la realidad del país a partir de la reflexión crítica del mundo y del entorno.

Artículo 27. Proyecto de Educación para la Paz: Aporta a la construcción de una cultura de paz, educándonos en el conflicto y para el conflicto para comprenderlo como un proceso presente en las relaciones humanas, que sucede por diversidad de percepciones en cuanto intereses, necesidades y valores, creando posibilidades de salidas no violentas a través de mecanismos gestados al interior de la Comunidad.

Artículo 28. Proyecto de Coeducación: Afianza las relaciones de convivencia entre hombres y mujeres, a través de un proyecto educativo común, que permita fortalecer el desarrollo armónico de ambos en sus relaciones para alcanzar una vida plena.

Artículo 29. Proyecto de Grado: De acuerdo con los resultados obtenidos en el año anterior y a un diagnóstico inicial del grupo, se diseña un proyecto en el que se articula el trabajo académico, de acompañamiento grupal y los programas y proyectos establecidos por la institución, con el fin de mejorar las debilidades del grupo. Este se irá modificando de acuerdo a las dificultades presentadas durante el año escolar. Todas las estrategias se encaminaran a fortalecer la formación integral de los/as estudiantes.

Parágrafo: Para llevar a cabo estos proyectos se desarrollan actividades como: Talleres de formación; Celebraciones, Actividades Pedagógicas, Cívicas, Deportivas, Artísticas, Culturales, de Convivencia, y Lúdicas.

DIRECCIÓN DE PASTORAL:

Artículo 30. Formación Ignaciana: Ofrecer a la Comunidad Educativa el conocimiento y la vivencia de la Espiritualidad Ignaciana para que ayude al crecimiento personal y comunitario, llevando a Dios en todo y en todo a Dios amando.

Corresponde a este proyecto la vivencia de los retiros espirituales para docentes y empleados, los retiros espirituales de los/as estudiantes de Undécimo, las jornadas de pastoral y las asesorías espirituales.

Artículo 31. Pastoral Sacramental y Celebraciones Litúrgicas: Facilita la experiencia personal en Comunidad de los Sacramentos y de la Palabra de Dios para hacerlos expresión compartida que lleve a una transformación en el compromiso.

A través del proyecto se vive la celebración de: Eucaristías generales y por secciones, inicio de la época de la Cuaresma (Miércoles de Ceniza), celebración para la Virgen en el mes de Mayo, Primeras Comuniones, Confirmaciones, Paraliturgias y Novena de Navidad.

DIRECCIÓN ACADÉMICA:

Artículo 32. Orientación Profesional y vocacional: Apunta a la toma de decisión profesional dentro del marco del proyecto de vida del/la estudiante. Se realizan jornadas que corresponden al diagnóstico, explicación y aplicación de las pruebas de aptitudes, desempeño escolar y finaliza con la convivencia familiar.

Artículo 33. Proyecto Ambiental Escolar: Pretende desarrollar en los/as Estudiantes procesos de sensibilización, conciencia e intervención ambiental que les permita lograr la transformación de los  contextos de aula, institución y localidad.


CAPÍTULO 5
EVALUACIÓN

Artículo 34.  Entendemos la evaluación como un  proceso “Continuo, Integral, Cualitativo - Cuantitativo” que nos permite apreciar y valorar el desarrollo de  nuestros/as estudiantes en todas y cada una de las Dimensiones de su formación Integral.

En el Colegio y según lo dispuesto en el decreto 1290 del 16 de Abril del 2009 mediante el cual se reglamenta la evaluación del aprendizaje y la promoción de los estudiantes de los niveles de básica y media evaluamos para:
a.        Valorar el desempeño de los estudiantes en cada una de las áreas que componen el plan de estudios.
b.       Favorecer en cada estudiante el desarrollo de sus potencialidades y habilidades.
c.        Identificar las características personales, intereses, ritmos de desarrollo y estilos de aprendizaje.
d.       Proporcionar información básica para consolidar o reorientar los procesos educativos relacionados con el desarrollo integral del/la estudiante.
e.       Determinar la promoción o no de los/as estudiantes en cada Grado de la educación Básica Primaria, Básica Secundaria y Educación Media.
f.         Diseñar e implementar estrategias para apoyar a los/as estudiantes que tengan dificultades en su proceso formativo.
g.        Aportar información para el ajuste e implementación del plan de mejoramiento institucional.
h.       Determinar la calidad en el desempeño del estudiante de manera más objetiva.

Parágrafo: La evaluación tendrá como parámetros los estándares curriculares, las competencias y desempeños  diseñados por los docentes del Colegio.

Artículo 35. Criterios de Evaluación del Aprendizaje: Al iniciar el año escolar los/as docentes dan a conocer a los/as estudiantes los criterios que ha determinado la institución con el fin de cualificar el proceso de evaluación de los aprendizajes y los desempeños en cada una de las áreas del plan de estudios. Estos criterios son:
1.       SABER: Corresponde a la apropiación de los conceptos dados en cada una de las áreas obligatorias, fundamentales y optativas, a partir de consultas, descripciones, comprensiones, interpretaciones y argumentaciones.
2.       SABER HACER: Corresponde a la aplicación de los conocimientos adquiridos en diferentes contextos.
3.       SABER SER: Corresponde a la interiorización y vivencia de los valores. (Respeto, compromiso con los deberes académicos, tolerancia, participación, honestidad, reconocimiento del otro, puntualidad, estética, entre otros).

Articulo 36. Proceso de la Evaluación: Se recogerá a partir de un análisis que contenga los siguientes momentos:
1.       Búsqueda y obtención de información sobre los desempeños del estudiante, la cual se extrae no sólo de la aplicación de pruebas o “exámenes”·, sino también de la observación permanente en la realización de sus actividades de aprendizaje, así como los momentos de autoevaluación,  coevaluación y heteroevaluación.
2.       Organización y análisis de la información a la luz de criterios previamente establecidos en colectivo, con el fin de obtener explicaciones y formular juicios y conclusiones.
3.       Toma de decisiones, entre las cuales está la prescripción  de actividades de refuerzo y/o superación para subsanar las deficiencias o profundizar en los aspectos que lo requieran, reajustar y consolidar las prácticas pedagógicas.
4.       Expresión de la evaluación, mediante la formulación de juicios valorativos: como Descripciones,  explicaciones u Observaciones.

Artículo 37. Informes de Evaluación. Al finalizar cada uno de los tres períodos del año escolar, los Padres de Familia o Tutores recibirán un informe escrito de evaluación con los avances de los/as estudiantes en el proceso formativo en cada una de las áreas o las dimensiones. Éste incluye información acerca de las fortalezas y dificultades que haya presentado el/la estudiante en cualquiera de los desempeños de las diferentes áreas y establecerá recomendaciones y/o estrategias para que mejoren.

Al finalizar el año escolar se le entregará a los Padres de Familia o tutores, un informe final que incluye la evaluación integral del proceso del /la estudiante.

Artículo 38. Entrega de informes de evaluación. Los informes de evaluación se entregarán a los Padres de Familia o Tutores en las reuniones programadas al final de cada período. La asistencia es obligatoria (Ver cronograma Página WEB)

Artículo 39. Criterios de Calidad. En el Colegio entendemos los criterios de calidad para Educación Básica Primaria, Secundaria y Educación Media así:

DESEMPEÑO SUPERIOR: Evidencia un amplio desarrollo en las competencias conceptuales, procedimentales y actitudinales. S/4.6 a S/5.0

DESEMPEÑO ALTO: Evidencia un desarrollo favorable en las competencias conceptuales, procedimentales y actitudinales. A/4.1 a A/4.5

DESEMPEÑO BASICO: Evidencia un desarrollo suficiente de las competencias conceptuales, procedimentales y actitudinales. B/3.6 a B/4.0

DESEMPEÑO BAJO: Presenta dificultades para alcanzar el desarrollo de las competencias conceptuales, procedimentales y actitudinales. BJ/1.0 a BJ/3.5

Nota: Un estudiante será evaluado con BJ/1.0 cuando falla sin causa justificada, evade clase, realiza acto deshonesto, se apropia de información de internet sin citar su fuente, hace transcripción de datos literales sin citar su referencia, no presenta trabajos, transcribe la información de la evaluación, no la desarrolla y/o no la entrega. En estos casos su normalización se verá afectada y el profesor realizará el acompañamiento a éste proceso.

Para PREESCOLAR
Los informes mostrarán en cada dimensión el desempeño de los/as estudiantes de la siguiente manera:

Los informes periódicos se harán en forma descriptiva de tal manera que quede claro lo alcanzado (L.A.) y lo que continúa en proceso (C.P.).

Al finalizar el año se emitirá un informe final del/la estudiante. Al ser promovido con dificultades en algunas dimensiones se harán las recomendaciones pertinentes.

Artículo 40. Cuando el/la estudiante sea valorado/a con DESEMPEÑO BAJO tendrá la posibilidad de superar sus dificultades en la dinámica  de las unidades de aprendizaje.  En caso de continuar con dificultades asistirá a:

1. Actividades de Refuerzo: Son las que permiten que el/la  estudiante supere las  dificultades que haya tenido en los desempeños de las áreas durante los períodos académicos. No implica presentación de nuevos trabajos. Es volver sobre lo trabajado durante el período.

Para superar las dificultades presentadas, el colegio brinda los siguientes espacios:
·       Durante la dinámica del desarrollo normal de las unidades de aprendizaje.
·       Durante  las asesorías académicas (Según organización establecida).
·       Al finalizar el primero y  segundo semestre. (Se organiza programación la cual es dada a conocer oportunamente a los/as estudiantes para su preparación).

El/la estudiante que supere sus dificultades será valorado con Desempeño Básico/3.6. Los que no superen las actividades de refuerzo tendrán la misma valoración que obtuvieron en el período.

Las asesorías de las Actividades de Refuerzo  quedarán registradas en formato que diligencia el/la profesor respectivo/a recogiéndose la firma del/la estudiante.

Finalizado el tercer período y las actividades de refuerzo respectivas se emitirán los resultados finales del proceso.

2.     Nivelaciones: Son espacios fijados por la Institución para que los estudiantes con desempeños bajos en una o dos áreas al finalizar el proceso del año escolar puedan superar las dificultades presentadas.

Quienes al finalizar las nivelaciones continúen con desempeños bajos en un área serán Promovidos o No al curso siguiente, previo análisis de la Comisión de Promoción.  Los/as estudiantes que sean promovidos/as tienen las asesorías académicas del primer periodo para superar las dificultades.


CAPÍTULO 6
TAREAS

Artículo 41. Las tareas que se dejan para la casa deben ser orientadas hacia el desarrollo de una destreza, habilidad o un aprendizaje significativo de un tema en particular. El/la docente debe dosificar ese trabajo teniendo en cuenta: Grado en el cual se halla el estudiante, tiempo para responder a varias áreas y tiempo que gastará en su ejecución de acuerdo al ritmo personal.

Artículo 42.  El desarrollo de la guía debe hacerse en la unidad de aprendizaje con orientación y asesoría del docente.

Artículo 43.  Las tareas serán asignadas con el sentido de refuerzo del aprendizaje y recibirán retroalimentación en la siguiente unidad de aprendizaje.

Artículo 44.  No se asignan  trabajos en grupo para realizar fuera del colegio. Toda actividad grupal debe desarrollarse en la unidad de aprendizaje.

Artículo 45.  Existe un cronograma por salón de clase. En él se registran actividades asignadas en cada una de las áreas tales como: Evaluaciones, entrega y sustentación de trabajos, revisión de portafolio, cartografía entre otros. El diligenciamiento del cronograma es responsabilidad del/la presidente/a de curso a partir de tercero de Primaria con revisión permanente del/la acompañante grupal.


CAPITULO 7
COMISIONES DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN

Artículo 46. Terminado cada período se reúnen las comisiones de evaluación conformadas por todos los docentes de grado, un representante de padres de familia que no sea docente de la Institución, Directores de Pastoral, Bienestar y Académica, representante del SAE y el Rector, quien la convocará y presidirá. La Comisión de Evaluación  analiza el proceso integral de los estudiantes de cada grado y  traza las estrategias y recomendaciones pertinentes. En el caso de Preescolar y Primaria asisten los representantes delegados por la Rectoría.

La Comisión de Promoción tiene como fin definir la promoción de los/as estudiantes de un grado a otro, teniendo en cuenta los requisitos fijados por la Institución para ello. (Ver artículo 40, numeral 2)
En la comisión de Promoción se tendrá en cuenta:
·       El Proceso integral  del estudiante durante el año escolar.
·       La asistencia, Interés, participación y trabajo del estudiante durante el proceso académico.
·       Rendimiento académico presentado durante el año escolar.
·       No haber sido promovido con dificultades académicas en el año anterior.

Parágrafo 1: Durante los períodos se llevan a cabo reuniones semanales de coordinadores/as de Grado con los/as acompañantes grupales y/o docentes para hacer acompañamiento y seguimiento a todos los procesos de los/as estudiantes, especialmente a aquellos que presentan dificultades, trazando estrategias o recomendaciones para que éstos/as las superen.


CAPÍTULO 8
PROMOCIÓN DE LOS/AS ESTUDIANTES DE PRIMERO A UNDÉCIMO

Artículo 47. Los criterios de  No promoción son:
1.       Terminar con desempeños bajos en TRES O MÁS ÁREAS finalizadas actividades de refuerzo.
2.       Haber dejado de asistir injustificadamente a por lo menos el 10% de las actividades académicas  durante el año escolar.
3.       Finalizar  con desempeños bajos en las nivelaciones de dos áreas.

Parágrafo 1: La Comisión respectiva analizará la promoción o No de los estudiantes que terminen con desempeño bajo en una de las nivelaciones. (Ver artículo 40, numeral 2)

Parágrafo 2: El decreto 1290 en su artículo 6 determina: El deber de garantizar el cupo a los estudiantes que pierdan su grado en todos los casos para que continúen su proceso formativo. Al respecto el Colegio establece:
1.       Sólo se puede repetir una vez siempre y cuando su proceso de Normalización final haya sido valorado como Desempeño Alto o Superior.
2.       Cuando se repite, se exige resultados aprobatorios de las  Áreas en todos los períodos. Al repetir curso se exige al /la estudiante desempeños aprobatorios al finalizar 
3.       Un estudiante repitente ingresa con MATRICULA CONDICIONAL.

Artículo 48: Promoción Anticipada de Grado para estudiantes contemplada en el  Artículo 7 del decreto 1290 Abril 16 de 2009. Al respecto el Colegio fija como criterio:

Promoción anticipada únicamente al finalizar el primer período, siempre y cuando termine con desempeño superior en todas las áreas y en su desarrollo integral.  Al estudiante promovido se le registrará únicamente valoraciones del segundo y tercer período del grado al que es promovido.


CAPÍTULO 9
REQUISITOS PARA EL GRADO DE BACHILLER

Artículo 49. Los requisitos para optar por el Grado de Bachiller Bartolino o Bartolina  y que amparan suficientemente el derecho a la educación, la igualdad y la dignidad de quienes cumplen, son los siguientes:
1.       Haber aprobado todos los Grados de la Educación Básica Primaria, Básica Secundaria y Educación Media.
2.       Haber cancelado los costos de derechos de Grado correspondientes al año lectivo.
3.       Estar a Paz y Salvo con todas las obligaciones y exigencias del colegio.
4.       Haber cumplido satisfactoriamente su Servicio Social.

Artículo 50: Ceremonia de Proclamación de Bachilleres: En razón de la libertad que garantiza la Constitución Política de Colombia (Art. 27) a las instituciones educativas, éstas potestativamente pueden realizar una ceremonia solemne para la proclamación de bachilleres y reservarse la decisión de admitir o no a ella. El Colegio no viola el derecho a la educación, a la dignidad o la igualdad de los/as estudiantes sí considera que alguno de ellos/as no debe ser admitido/a a esta ceremonia; por cuanto se trata de un acto potestativo de su libre decisión y autonomía.

Estos son los requisitos que exige el Colegio para participar en esta ceremonia:
·         Haber cumplido los requisitos establecidos en el artículo 49.
·         Haber presentado y superado sus nivelaciones.
·         Tener valoración final de normalización en Desempeño alto o Superior.


CAPÍTULO 10
SERVICIO SOCIAL



Artículo 51. “El Servicio Social Estudiantil obligatorio hace parte integral del currículo y por ende del Proyecto Educativo Institucional (PEI) del establecimiento educativo.  Como tal debe ser adoptado en los términos establecidos en el artículo 15 del Decreto 1860 de 1994 y para sus modificaciones se deberá tener en cuenta lo dispuesto en el artículo 37 del mismo Decreto.

En el Reglamento o Manual de Convivencia deberán establecerse expresamente los criterios y las reglas específicas que deberán atender los educandos, así como las obligaciones del establecimiento educativo, en relación con la prestación del servicio aquí regulado” (Resolución 4210 de 1996).

Artículo 52. El Servicio Social Estudiantil reglamentado por el Ministerio de Educación Nacional con carácter de obligatoriedad, según lo dispuesto en el espíritu de las siguientes normas vigentes: Ley 115 de 1994, Art. 30, 97 y 204;  Decreto 1860 de 1994, Art. 39 y Resolución 4210 de 1996, está integrado en nuestra Institución al Programa de “Formación y Acción Social” F.A.S., que se inicia desde el mismo momento en que el Estudiante ingresa al Colegio y sigue un proceso de formación que culmina con la prestación del Servicio Social, acorde con las políticas del Ministerio de Educación Nacional.

Artículo 53. El Programa de Formación y Acción Social F.A.S. asume los siguientes criterios para su estructuración y desarrollo:
1.       Dosificación en las actividades programadas.
2.       Coherencia entre todas las actividades planteadas en el P.E.I.
3.       Gradualidad de acuerdo al proceso evolutivo del/la Estudiante.
4.       Oportunidades de reflexión sobre la realidad que envuelve a los/as Estudiante.
5.       Experiencias significativas que integran el proceso de sensibilización del alumno/a en la realidad social, iluminado por el Evangelio.
6.       Concientización de  un compromiso personal, serio y profundo con los más necesitados, aquellos que ocupan el último lugar de la sociedad.
7.       Experiencias enmarcadas en el espíritu de las normas legales vigentes.

Artículo 54. Durante los Grados Décimo y Undécimo de Educación Media, los/as Estudiantes prestan el Servicio Social Obligatorio contemplado por la Ley. Su intensidad mínima es de 80 horas de trabajo y es asignado directamente por el Colegio.

Artículo 55. La intensidad del Servicio Social Obligatorio se cumplirá de manera adicional al tiempo prescrito para las actividades pedagógicas y para las actividades lúdicas, culturales, deportivas, y sociales de contenido educativo.

Artículo 56. La prestación del Servicio Social Obligatorio es requisito indispensable para la obtención del título de Bachiller.

Artículo 57. Los/as  Estudiantes no aprueban el Servicio Social por las siguientes razones:
1. Completar tres fallas sin excusa justificada.

2. Incumplir reiteradamente con el trabajo asignado.

3. Irrespetar a cualquiera de las personas con las cuales tiene relación en función de su Servicio Social.


4. Presentarse en estado de embriaguez o bajo los efectos de otras sustancias psicoactivas.

5. Incumplir el reglamento de la Institución donde se encuentre prestando su Servicio Social.


Artículo 58. El Servicio Social no es recuperable. El/la Estudiante que sin causa justificada se retire o sea excluido, deberá reiniciar su Servicio Social, previa asignación de éste por parte de la persona responsable. El Servicio Social no se repite cuando el/la Estudiante no ha aprobado el Grado.

Artículo 59. El Colegio brindará los soportes técnicos, pedagógicos y administrativos necesarios que requieran los/as Estudiantes para prestar el Servicio Social Estudiantil en las condiciones y requerimientos de cada uno de los proyectos pedagógicos por desarrollar. Igualmente establecerá mecanismos administrativos y pedagógicos para que los/as Docentes del Colegio puedan atender las tareas y funciones de asesoría, orientación y asistencia a los/as Estudiante en el desarrollo de sus proyectos.


TÍTULO IV
NORMALIZACIÓN


CAPÍTULO 1
DEFINICIÓN

Artículo 60. La NORMALIZACIÓN es un estilo de vida personal y comunitaria, orientado por los principios y los valores Éticos y Cristianos promovidos por la Compañía de Jesús, que aceptados e interiorizados por la Comunidad Educativa, permiten actuar por convicción en un ambiente de libre convivencia, responsabilidad social y realización humana. Es un proceso de formación que involucra todas las dimensiones de la persona.


CAPÍTULO 2
EVALUACIÓN

Artículo 61. El proceso de evaluación de la Normalización en cada Estudiante, se realiza atendiendo siempre su singularidad y por lo tanto tendrá en cuenta las circunstancias particulares, según tiempos, lugares y personas, y de acuerdo con los procedimientos establecidos en el Reglamento o Manual de Convivencia.

Para que este seguimiento sea progresivo y los Padres de Familia o Tutor se involucren en él, el Colegio les entregará al final de cada Período un juicio valorativo según la escala establecida, con las fortalezas y dificultades que el/la Estudiante haya presentado en su proceso de Normalización.

Artículo 62. La evaluación del proceso se expresará cualitativamente con la siguiente escala: Desempeño Superior, Desempeño Alto, Desempeño Básico, Desempeño Bajo. Se describirá la valoración con las justificaciones y observaciones guiado por los siguientes referentes:

DESEMPEÑO SUPERIOR: Asume un estilo de vida personal y comunitaria, de tal manera que lo lleva a actuar por convicción, expresándolo en su capacidad para tomar decisiones libres, responsables y autónomas.
DESEMPEÑO ALTO: Asume satisfactoriamente la Filosofía del Colegio, la Espiritualidad Ignaciana, los valores corporativos y el Reglamento o Manual de Convivencia, expresando todo ello en comportamientos y actitudes de forma normal, personal y comunitaria.

DESEMPEÑO BÁSICO: Asume progresivamente los principios y valores éticos y cristianos promovidos por el Colegio.

DESEMPEÑO BAJO: Asume comportamientos y actitudes no coherentes con los valores, principios y Filosofía del Colegio.

Artículo 63. La valoración y el registro del proceso de Normalización serán dados por el Consejo de Grado. En los casos especiales intervendrá Bienestar Estudiantil.


CAPÍTULO 3
NORMAS PARA LA CONVIVENCIA

Se refieren a todos los acuerdos formalmente establecidos que regulan el comportamiento de los estudiantes y sus relaciones. Aceptar las normas, interiorizarlas, cumplirlas voluntariamente, ayudar a que otros las cumplan y estar en disposición de resolver pacíficamente las situaciones, hace posible entender el mundo e interactuar con él.

Artículo 64. CUMPLIR CON LA JORNADA ESCOLAR:
PREESCOLAR

7:30
A
7:40
Ingreso de los Estudiantes
7:40
A
7:55
Toma de Contacto
7:55
A
8:55
Primera Unidad
8:55
A
9:15
Descanso
9:15
A
10:15
Segunda Unidad
10:15
A
10:45
Descanso                                                                              
10:45
A
11:45
Tercera Unidad
11:45
A
12:00
Descanso
12:00
A
1:00
Cuarta unidad
1:00
A
1:10
Pausa Ignaciana
1:10
A
1:30
Salida de Estudiantes


PRIMARIA

6:25
A
6:35
Ingreso de los Estudiantes
6:35
A
6:50
Toma de Contacto
6:50
A
8:10
Primera Unidad
8:10
A
8:25
Descanso
8:25
A
9:45
Segunda Unidad
9:45
A
10:20
Descanso
10:20
A
11:40
Tercera Unidad
11:40
A
11:55
Descanso
11:55
A
1:15
Cuarta unidad
1:15
A
1:30
Pausa Ignaciana
1:30


Salida de Estudiantes


BACHILLERATO  DIA ORDINARIO LUNES, MARTES Y JUEVES

6:00
A
6:25
Ingreso de los Estudiantes
6:35
A
6:55
Toma de Contacto
6:55
A
8:25
Primera Unidad
8:25
A
8:35
Descanso y Desplazamiento
8:35
A
10:05
Segunda Unidad
10:05
A
10:45
Descanso y Desplazamiento
10:45
A
12:15
Tercera Unidad
12:15
A
1:45
Almuerzo y Formación
1:45
A
3:15
Cuarta unidad


BACHILLERATO  DIA MIÉRCOLES Y VIERNES

6:00
A
6:25
Ingreso de los Estudiantes
6:35
A
6:50
Toma de Contacto
6:50
A
8:20
Primera Unidad
8:20
A
8:30
Descanso y Desplazamiento
8:30
A
10:00
Segunda Unidad
10:00
A
10:30
Descanso y Desplazamiento
10:30
A
12:00
Tercera Unidad
12:00
A
12:10
Descanso y Desplazamiento
12:10
A
1:30
Cuarta Unidad


Parágrafo 1: Los/as Estudiantes que acumulen llegadas tarde a la misma Unidad de Clase sin justificación, serán citados con sus padres por el/la docente respectivo. Al acumular llegadas tarde al colegio y/o a la Toma de Contacto sin justificación, serán citados con sus padres por el Acompañante Grupal, al reincidir serán citados por el/la Coordinador/a de Grado y en última instancia por Bienestar Estudiantil.

Parágrafo 2: Si durante la jornada escolar un  Estudiante requiere ausentarse de la Institución o no va utilizar el servicio de ruta, presentará en Bienestar Estudiantil la solicitud escrita y firmada por el Acudiente, para autorizar su salida con anticipación.

Parágrafo 3: Si un Estudiante no asiste a la jornada escolar presentará cuando retorne, la excusa e incapacidad en Bienestar Estudiantil para expedir la autorización, dentro de los tres días hábiles siguientes.

Parágrafo 4: Algunos Miércoles se tendrá horario comprimido, con salida a las 12:00 m., previa información a través de circular.

ARTÍCULO 65. MANTENER ADECUADOS HÁBITOS DE HIGIENE, SALUD Y PRESENTACIÓN PERSONAL:
1.       Los Estudiantes mantendrán su cabello corto, limpio y bien presentado.
2.       Las Estudiantes mantendrán el cabello -largo o corto- limpio, peinado y recogido en todo momento; se presentarán sin maquillaje y llevarán sus uñas bien arregladas, con esmalte transparente.
3.       Los/as Estudiantes, no usarán piercing, tatuajes o modas ajenas a la filosofía de nuestra Institución.
4.       El/la Estudiante portará con respeto y dignidad el uniforme, dentro y fuera del Colegio.
A.       El uniforme diario para los niños será el siguiente, de acuerdo al modelo presentado por el Colegio:
PREESCOLAR Y PRIMARIA
   Saco de lana azul claro con el escudo oficial del Colegio.
   Camisa blanca y corbata vino tinto.
   Pantalón negro de dacrón.
   Medias negras.
   Zapato colegial de amarrar, de cuero liso y totalmente negro.
   Delantal gris para Preescolar.
BACHILERATO
   Chaqueta Gris con el escudo oficial del Colegio.
   Buzo Gris claro con el logotipo del Colegio.
   Pantalón negro de dacrón.
   Medias negras.
   Zapato colegial de amarrar, de cuero liso y totalmente negro. 

B.     El uniforme diario para las niñas será el siguiente, de acuerdo al modelo presentado por el Colegio:
   Jardinera en tela escocesa de talle largo, cuello redondo, prense chato en la parte central del frente y atrás un prense seguido a lado y lado. La jardinera debe estar a la altura de la rodilla.
   Buzo en algodón de cuello alto y manga larga, con el logotipo del Colegio (torreón).
   Saco gris con el escudo oficial del Colegio para Preescolar y Primaria.
   Chaqueta de color gris, con el escudo oficial del Colegio para Bachillerato.
   Media Pantalón de lana lisa Azul Oscura.
   Zapatos colegiales de amarrar, color azul, de cuero liso, cordón blanco.
   Delantal gris para Preescolar.

C.       El uniforme oficial de Educación Física será el siguiente, de acuerdo al modelo presentado por el Colegio:
• Camiseta tipo Polo blanca con el escudo oficial del Colegio.
• Pantaloneta azul.
• Medias blancas estilo Media media.
• Sudadera azul según modelo.
• Tenis blancos.

5.       El Estudiante se abstendrá de realizar cualquier práctica que ponga en peligro su vida, la de sus compañeros/as o la de la Comunidad Educativa.
6.       Los miembros de la Comunidad Educativa conocerán el Plan de Atención de Emergencias y actuarán de acuerdo a éste cuando sea necesario.
7.       El estudiante no consumirá, portará o comercializará cigarrillo, bebidas alcohólicas y otras sustancias psicoactivas.
8.       El Estudiante llevará consigo el carné del Colegio y el carné de la EPS  o fotocopia a color de éste u otro documento que lo/la acredite como beneficiario/a de servicios médicos. El Colegio no asume ninguna responsabilidad por los perjuicios que ocasione el no portar dicho documento.
9.       El Estudiante utilizará los implementos y elementos de seguridad y protección personal exigidos en las prácticas de laboratorio de Biología, Química y Física.

Parágrafo 1: Se busca a través de estas normas preservar la Integridad y Protección de los/as estudiantes en consonancia con la Ley de Infancia y Adolescencia.

Parágrafo 2: Cuando un Estudiante menor de edad esté involucrado en la tenencia, tráfico y-o consumo de sustancias psicoactivas, se aplicará el procedimiento establecido en la Ley de Infancia y Adolescencia. Si es mayor de edad, se aplicará el procedimiento establecido en este Reglamento o Manual de Convivencia y el previsto por la Ley.

ARTÍCULO 66. VELAR POR LA UTILIZACIÓN Y CONSERVACIÓN DE LOS BIENES DE USO PERSONAL Y COLECTIVO:
1.       El Estudiante respetará los espacios de uso comunitario que se encuentren a su disposición, dándoles la función para el cual fueron destinados. Y responderá por el buen uso y trato de los muebles asignados para su labor escolar y se hará responsable por los daños causados.
2.       La Capilla es un espacio en el que profundizamos, compartimos y celebramos nuestra fe; Por consiguiente, en ella se mantendrá un comportamiento de profundo respeto y dignidad.
3.       En la Sección de Bachillerato se ofrece gratuitamente el servicio de casilleros. El Colegio no se hace responsable por la pérdida de los objetos personales.

ARTÍCULO 67. VELAR POR UNAS BUENAS RELACIONES INTERPERSONALES:
1.       Mantendrán un trato digno y respetuoso con los demás, propio de un caballero y de una dama.
2.       Prestarán atención permanente a sus Docentes en las clases, orientaciones y actividades que se les ofrezcan.
3.       Asumirán comportamientos adecuados en sus relaciones de pareja dentro y fuera del Colegio.
4.       Atenderán de manera respetuosa los llamados de atención realizados por el Personal de Apoyo, Administrativos, Docentes y Directivos del Colegio.
5.       Informarán oportunamente de hechos que atenten contra la sana convivencia escolar.
6.       Conformarán grupos que promuevan una convivencia sana y pacífica en la Comunidad Educativa.

Parágrafo: Se busca a través de estas normas preservar la Integridad y Protección de los/as estudiantes y evitar que se vulnere la integridad de los otros, en consonancia con la Ley de Infancia y Adolescencia.

ARTÍCULO 68. CUIDAR EL AMBIENTE ESCOLAR: El cual mantendrán adecuadamente dentro o fuera de la institución, pues se abstendrán de usar elementos que impidan el normal desarrollo de las actividades del Colegio, mantendrán un buen comportamiento en las distintas actividades y evitarán las celebraciones inadecuadas.

Parágrafo: En caso de que el Estudiante llegara a interrumpir el normal desarrollo de alguna actividad pedagógica por el uso inadecuado de celulares, juegos y otros elementos,  el objeto le será decomisado y entregado personalmente al Acudiente con cita previa.

ARTÍCULO 69. APROVECHAR DE MANERA PEDAGÓGICA EL CONFLICTO ESCOLAR: El Colegio Mayor de San Bartolomé comprende el conflicto como un proceso presente en las relaciones humanas, que sucede por diversidad de percepciones en cuanto a intereses, necesidades y valores. Es una oportunidad pedagógica porque ayuda a crecer, a mejorar la vida y posibilita construir mejores relaciones.

Cuando se presente un conflicto entre los integrantes de la Comunidad Educativa, se buscará un acercamiento entre las partes respetando el conducto regular, que es el mecanismo establecido por el Colegio para dar trámite y resolver el conflicto dentro de los términos de respeto, buenos modales y velando por los derechos de quien lo sigue, asumiendo con responsabilidad las consecuencias de las decisiones tomadas.

El Conducto Regular es:


CONDUCTO REGULAR ACADÉMICO
CONDUCTO REGULAR DE NORMALIZACIÓN
Personas en Conflicto
Personas en Conflicto
Docente
Docente               
Acompañante Grupal
Acompañante Grupal
Coordinador/a de Área – Monitor/a
Coordinador/a de Grado
Subdirección de Preescolar y Primaria
Coordinación de Bienestar (Preescolar y Primaria)
Dirección Académica
Dirección de Bienestar Estudiantil
Rectoría
Rectoría



CAPÍTULO 4
FALTAS DISCIPLINARIAS

Las faltas al Reglamento o Manual de Convivencia se clasifican en: leves, graves, y gravísimas.

Artículo 70. FALTAS LEVES: Son aquellas que no atentan gravemente contra los valores que el Colegio propicia, se producen por no cumplir con las normas básicas de convivencia, responsabilidad y/o comportamiento. Aunque no ocasionan graves traumatismos en el proceso educativo de la Institución, deben ser corregidas para favorecer el desarrollo integral del Estudiante, (Por ejemplo: las fallas en puntualidad, en el porte del uniforme, entre otras).

Artículo 71. FALTAS GRAVES: Son aquellas que atentan contra los valores fundamentales propiciados por el Colegio, ocasionan un daño a la armonía institucional lesionando los principios del Manual de Convivencia y la buena marcha de labores formativas (Por ejemplo: la Agresión, el Robo, la falta de Honestidad, el Consumo, Tenencia y/o Comercialización de sustancias psicoactivas, entre otras).

Artículo 72. FALTAS GRAVÍSIMAS: Perturban gravemente la armonía institucional y suponen el desconocimiento de los valores éticos y morales que rigen nuestra sociedad y los que sustentan el Manual de Convivencia (Por ejemplo: La reincidencia en situaciones leves o graves).

Parágrafo: En el presente Manual no podrán estar dirimidas todas las faltas que se presentan en la Institución, La situaciones y la clasificación de éstas se determinarán desde el Colegio teniendo en cuenta las circunstancias y consecuencias de la acción.


CAPÍTULO 5
ACCIONES PEDAGÓGICAS Y SANCIONES

Artículo 73. El Colegio podrá aplicar las siguientes acciones pedagógicas y sanciones de acuerdo con la gravedad de la falta cometida:

ACCIONES PEDAGÓGICAS Y SANCIONES
1.     Diálogo reflexivo.
2.     Llamado de atención verbal con reflexión personal.
3.     Amonestación por escrito con estrategias de trabajo.
4.     Trabajo Pedagógico en el Colegio, durante o después de la jornada escolar, los días para este trabajo serán determinados por el Consejo de Grado e informado en Bienestar Estudiantil.
5.     Firma de Compromiso Académico y/o de Normalización, con estrategias de trabajo.
6.     Trabajo Pedagógico en casa, los días para este trabajo serán determinados por el Consejo Ejecutivo (Educación sustantiva no presencial).
7.     Condicionamiento de Matrícula (Compromiso establecido con el estudiante que ha tenido dificultades académicas y/o normativas y con sus PP.FF, para mejorar significativamente su proceso de formación. Las condiciones de éste serán determinadas por el Consejo Ejecutivo)
8.     Cancelación del contrato de matrícula.
9.     No Renovación del contrato de matrícula.
10. Exclusión del Colegio.

Parágrafo: Todas las faltas llevarán consigo la afectación de la Normalización en el periodo correspondiente.


CAPÍTULO 6
PROCEDIMIENTO

Artículo 74. El establecimiento y aplicación de las acciones pedagógicas y las sanciones de las faltas leves, corresponden al/la Docente o Acompañante Grupal conocedor/a de la situación, quien es el/la directo/a responsable de realizar el registro, el acompañamiento y el seguimiento de las estrategias generadas. Su normalización podrá ser valorada como Desempeño Alto o Básico según el caso, ésta valoración la realizará el/la acompañante Grupal.

Artículo 75. El establecimiento y aplicación de las acciones pedagógicas y sanciones de las faltas graves, corresponden al/la Docente o Acompañante Grupal conocedor /a de la situación, quien es el/la directo/a responsable de realizar el registro, el acompañamiento y seguimiento de las estrategias generadas. Su normalización podrá ser valorada como Desempeño Básico o Bajo según el caso, ésta valoración la realizará el/la Acompañante Grupal y Coordinador/a de Grado. Se comunicara la situación del/la Estudiante a Bienestar Estudiantil.

Artículo 76. El establecimiento y aplicación de las acciones pedagógicas y sanciones a las faltas gravísimas, corresponden al Consejo Ejecutivo. Para el acompañamiento y el seguimiento de las estrategias trazadas, el Consejo Ejecutivo designará a una persona. Su normalización será valorada como Desempeño Bajo.

Parágrafo: Cada caso se estudiará de forma individual con base en la información recogida para tomar las decisiones pertinentes.


CAPÍTULO 7
CAUSALES DE NO RENOVACIÓN O CANCELACIÓN DEL CONTRATO DE MATRÍCULA

Artículo 77. Causales de no renovación del contrato de matrícula serán las siguientes:
1.     El/la Estudiante que haya sido valorado/a con Desempeño Bajo en tres o más Áreas al finalizar el año y su proceso de Normalización sea evaluado/a con Desempeño Básico o Bajo.
2.     El/la Estudiante que haya sido valorado/a en su proceso de Normalización con Desempeño Bajo.
3.     La reincidencia de los Padres de Familia en el incumplimiento a las actividades programadas por el Colegio (reuniones generales, citaciones, convivencia familiar, etc.).
4.     El irrespeto de los Padres de Familia a cualquier miembro de la comunidad educativa.
5.     El incumplimiento de los compromisos o acuerdos firmados por el/la Estudiante y sus Padres de Familia o tutores.

Parágrafo: El Consejo Ejecutivo considerará los casos particulares para renovar o no el contrato de matrícula.

Sentencia No. T-316/94 DERECHO A LA EDUCACION/PLANTEL EDUCATIVO - Retiro. La educación sólo es posible cuando se da la convivencia y si la indisciplina afecta gravemente a ésta última, ha de prevalecer el interés general y se puede, respetando el debido proceso y los otros derechos fundamentales, a más de la participación de la comunidad educativa, llegar hasta a separar a la persona del establecimiento. Además, la permanencia de la persona en el sistema educativo está condicionada por su concurso activo en la labor formativa; la falta de rendimiento intelectual también puede llegar a tener suficiente entidad como para que la persona sea retirada del establecimiento donde debía aprender y no lo logra por su propia causa.


CAPÍTULO 8
PROCEDIMIENTO O CONDUCTO REGULAR PARA
LA EXCLUSIÓN DE UN/A ESTUDIANTE

Artículo 78. El procedimiento o conducto regular para excluir a un Estudiante del Colegio será el siguiente:
1. El Consejo Ejecutivo estudiará la exclusión del Estudiante.
2. El concepto del Consejo se comunicará por escrito a los Padres de Familia o Tutor y al Estudiante.
3. Los interesados pueden presentar los descargos, por escrito, al Consejo Ejecutivo, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la notificación del concepto.
4. Cuando se presenten descargos, el Consejo Ejecutivo se reunirá nuevamente para estudiarlos, analizarlos y confirmar el concepto emitido, previa consulta al delegado del Consejo de Padres al Consejo Directivo y al Personero/a Estudiantil.
5. La decisión final la tomará el Padre Rector. Se citará a los Padres o Tutor del Estudiante,  para notificarles la Resolución Rectoral.

Parágrafo 1: Cada caso se estudiará de forma individual con base en la información recogida, antes de tomar la decisión. Sentencia No. T-316/94 DERECHO A LA EDUCACION/PLANTEL EDUCATIVO - Retiro.

Parágrafo 2: Mientras no se notifique la Resolución Rectoral el/la Estudiante asistirá normalmente a las clases y actividades del Colegio. Una vez notificada, deberá retirarse inmediatamente de la Institución.


TÍTULO V
SERVICIOS QUE OFRECE EL COLEGIO

Artículo 80. El Colegio le ofrece al Estudiante los servicios de Biblioteca, Salas de Informática, Sala de Internet, Salas de Audiovisuales, Cafetería-Restaurante, Enfermería, Sede Social y Trasporte Escolar. Los/as estudiantes utilizarán los servicios  en el horario establecido y respetarán las normas fijadas y el reglamento establecido en cada dependencia, para garantizar la seguridad y calidad del servicio.


TÍTULO VI
ORGANISMOS DE PARTICIPACIÓN GOBIERNO ESCOLAR

Artículo 81. EL CONSEJO DIRECTIVO: lo preside el Padre Rector o un representante designado por él y está integrado por un Estudiante de último año, un representante del Consejo de Padres de Familia, un representante de ASOMAYOR, un Docente de la sección Preescolar y Primaria, un Docente de la sección Bachillerato, Director Administrativo, Director/a Académica, Director/a de Bienestar Estudiantil, un representante de Exalumnos, un representante de La Compañía de Jesús, los cuales se reunirán periódicamente.

Articulo 82. EL CONSEJO EJECUTIVO: Es el organismo consultivo que asesora al Rector en la Dirección del Colegio y vigila la puesta en marcha del Proyecto Educativo Institucional. Está conformado por el Padre Rector, quien lo preside, los/as Directores/as de Macro Procesos, el/la Subdirector/a de Preescolar y Primaria y el/la Coordinador/a del Servicio de Asesoría Escolar.

Artículo 83. EL CONSEJO ACADÉMICO: Es el organismo que asesora al/a Director/a Académico/a quien lo convoca y preside en la revisión de la propuesta del Proyecto Educativo Institucional. Está conformado por: El/la Director/a Académico/a, Coordinadores/as de las Áreas Académicas, Un representante del SAE, Subdirector/a de Preescolar y Primaria, Director/a de Bienestar Estudiantil.

Artículo 84. EL CONSEJO DE PASTORAL: Es el organismo que asesora al Director de Pastoral, quien lo convoca y preside. Está conformado por: El Director de Pastoral, Los asesores espirituales, El/la coordinador(a) del Área de Educación Religiosa, El/la coordinador(a) de los Encuentros con Cristo, El/la coordinador(a) del proyecto de Formación y Acción Social (F.A.S.), Un representante del SAE, Un representante Administrativo.

Artículo 85. EL CONSEJO DE BIENESTAR ESTUDIANTIL: Es el organismo que asesora al/la Director/a de Bienestar Estudiantil quien lo convoca y preside. Está conformado por: El/la Directora/a de Bienestar Estudiantil, el/la Director/a Académico, Coordinadores/as de Grado, Un representante del SAE, Coordinador/a de Bienestar Estudiantil de Preescolar y Primaria (En esta sede sesiona el Comité de Bienestar Estudiantil integrado por las/os Coordinadoras/es de Grado, Un representante del SAE, Representante Pastoral, Coordinador/a de Bienestar Estudiantil).

Artículo 86. EL CONSEJO ADMINISTRATIVO – FINANCIERO: Es el organismo que asesora al Director Administrativo Financiero, quien lo convoca y preside. Está conformado por: Un/a representante de Biblioteca, Un/a representante del departamento de sistemas, Un/a representante del PAE, Un/a representante de mantenimiento, Un/a representante de las secretarias.

Artículo 87. ORGANISMOS DE PARTICIPACIÓN DE LOS PADRES DE FAMILIA: Para los fines previstos en la presente norma, la expresión “Padres de Familia” comprende a los padres y madres de familia, así como a los tutores o quienes ejercen la patria potestad o acudientes debidamente autorizados.

1.       ASAMBLEA GENERAL DE PADRES DE FAMILIA: Está conformada por la totalidad de Padres de Familia del establecimiento educativo quienes son los responsables del ejercicio de sus deberes y derechos en relación con el proceso educativo de sus hijos/as. Debe reunirse obligatoriamente mínimo dos veces al año por convocatoria del Rector o Director del establecimiento educativo.

2.       CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA (Decreto 1286 de 27 de Abril de 2005): Es un organismo de participación de los Padres de Familia del establecimiento educativo destinado a asegurar su continua participación en el proceso educativo y a elevar los resultados de calidad del servicio. Estará integrado por mínimo un (1) y máximo tres (3) Padres de Familia por cada uno de los Grados que ofrezca el establecimiento educativo, de conformidad con lo que establezca el proyecto educativo institucional PEI.

3.  ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA. (ASOMAYOR): La Asociación de Padres de Familia del Colegio Mayor de San Bartolomé es una entidad jurídica de derecho privado, sin ánimo de lucro, que se constituye por la decisión libre y voluntaria de los Padres de Familia de los/as Estudiantes matriculados en un establecimiento educativo La Asociación “ASOMAYOR” hace parte de la Federación de Asociaciones de Padres de Familia de Colegios Jesuitas de Colombia, y en tal condición se acoge y debe cumplir y hacer cumplir los estatutos y directrices de ésta.

Artículo 88. ASOCIACIÓN DE BACHILLERES BARTOLINOS (ASIA-ABBA): Esta corporación se denomina ASOCIACIÓN DE BACHILLERES BARTOLINOS-NACIONAL – MAYOR (A.B.B.A.), persona jurídica de derecho privado, régimen especial sin ánimo de lucro, con domicilio principal en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, organizada de acuerdo a las Leyes Colombianas y regida por ellas y forma parte integral de la Federación Colombiana de ASIAS.

Parágrafo: Son Miembros los Egresados de la Fundación Colegio Mayor de San Bartolomé y del Colegio Nacional de San Bartolomé, por cuanto reúne o aglutina a los egresados en las diferentes épocas y administraciones, teniendo en común una formación integral orientada al servicio del egresado, de los Estudiantes del Colegio y de la Comunidad.

Artículo 89. EL GOBIERNO ESTUDIANTIL: Hace parte del Gobierno Escolar y está constituido por las distintas instancias en las que ellos/as pueden participar directamente en la construcción de la Comunidad Educativa y hacer sus aportes para la organización de la vida escolar.

1.       EL CONSEJO DE ESTUDIANTES: Es el máximo organismo de participación por parte de los/as Estudiantes. Está integrado por un/a vocero/a de cada una de las secciones, que se llamará Presidente/a de Sección o de Curso. El Padre Rector convoca a elecciones dentro de los primeros 30 días del calendario escolar

Para ser elegido/a Presidente/a debe llenar los siguientes requisitos:
·   Demostrar una identificación clara con el Perfil del Estudiante Bartolino.
·   Presentar su hoja de vida en la que se destaquen sus características de Liderazgo, responsabilidad, solidaridad, servicio y sentido de pertenencia al Colegio.
·   Haber sido promovido con resultados aprobatorios en todas sus Áreas/Asignaturas.
·   Haber sido valorado en su Normalización con Desempeño Superior o Alto.

Parágrafo 1: Desde Preescolar hasta 2º de Primaria no aplican estos requisitos.

Parágrafo 2: En caso de renuncia o revocatoria del mandato, el área de Ciencias Sociales fijará el procedimiento.

El/la Presidente/a de Curso o Sección tiene las siguientes funciones:
  1. Asistir a las reuniones acordadas por el Consejo de Estudiantes.
  2. Comunicar las propuestas e informaciones que se generen en el Consejo de Estudiantes.
  3. Ser el/la vocero/a de las propuestas de su sección ante el Consejo de Estudiantes.
  4. Participar activamente en la elaboración y gestión de los proyectos que surjan del Consejo de Estudiantes.
  5. Motivar y articular la participación de su sección en las actividades que sean organizadas por los/as estudiantes.
  6. Organizar junto con el representante al Consejo de Conciliación y el/la Acompañante Grupal los Consejos de Clase.

Las funciones del Consejo de Estudiantes son:
  1. Presentar iniciativas a los diversos estamentos de la Comunidad Educativa que ayuden a promover el bienestar de los/as estudiantes y dinamizarlas.
  2. Participar de forma activa en la consolidación de las propuestas que ayuden a la construcción colectiva del Manual de Convivencia, canalizando las sugerencias de modificación que se hagan por parte de los/as estudiantes.
  3. Ser el canal de comunicación con los diversos estamentos de la Comunidad Educativa, en asuntos que afecten a los/as estudiantes.

2.  EL/LA PERSONERO/A DE LOS ESTUDIANTES: Es un/a Estudiante que está cursando Quinto Grado (Sección de Preescolar y Primaria) y Undécimo Grado (Sección Bachillerato); con los mismos requisitos exigidos para ser Presidente/a del Consejo de Estudiantes. Promoverá el ejercicio de los Deberes y Derechos de los/as Estudiantes, consagrados en la Constitución Política de Colombia, La Ley de Infancia y Adolescencia y el Reglamento o Manual de Convivencia (Ley General de Educación, CAPÍTULO I, Artículo 94).



TÍTULO VII
RECONOCIMIENTO Y ESTÍMULOS A LOS/AS BARTOLINOS/AS

Artículo 90. El Colegio reconoce las acciones positivas de los/as Estudiantes en el cumplimiento de sus deberes, su participación en la vida escolar y su espíritu constante de superación personal, a través de los siguientes reconocimientos y estímulos:

1.         Anotaciones positivas en la hoja de vida.
2.         Izar el Pabellón Nacional, de la Ciudad y del Colegio en acto público.
3.         Reconocimiento público de los méritos en Pastoral, Académicos, Deportivos, Culturales, Sociales y Apostólicos.
4.         Menciones de honor o Condecoraciones por destacarse en su participación en actividades Culturales, Deportivas, Sociales, Apostólicas y Académicas dentro y fuera del Colegio.
5.         Monitorías Académicas.
6.         Mejor Perfil Bartolino/a.
7.         Matrícula de Honor.
8.         Mejor ICFES. 
9.         Medalla de Estudios Completos.
10.      Beca Bartolina a los/as Estudiantes de último año.

Parágrafo 1: Para obtener la Beca Bartolina, el/la estudiante debe:
·         Tener valoración final de normalización en Desempeño Superior  durante los años de Educación Media.
·         No haber realizado nivelaciones durante los años de Educación Media.
·         No haber repetido ningún grado de Educación Básica y Media.
·         Obtener un concepto favorable del Consejo Ejecutivo que evidencie su proceso de formación integral, previo análisis y postulación del Consejo de Grado Undécimo.
·         Ser proclamado bachiller en ceremonia solemne.

Parágrafo 2: Recibirán la Beca Bartolina quienes han cumplido 50 años de Graduado.

Parágrafo 3: Para obtener la medalla de estudios completos es necesario haber realizado sus estudios ininterrumpidamente en el colegio a partir del año 2004, así haya cursado algún Grado en otro Colegio de la Compañía de Jesús.

Parágrafo 4: Para otorgar un reconocimiento se estudiará cada caso en la instancia correspondiente.


TÍTULO VIII
SISTEMA DE TARIFAS DE MATRÍCULAS Y OTROS COBROS

Artículo 91. El valor de los costos educativos aprobados para la vigencia 2011 incluye el valor de la matrícula, sistematización de informes, servicios de sistemas, de textos y biblioteca,  estos tres últimos se denominan Costos de Educación Personalizada.

El colegio organiza una serie de actividades que pretende  responder a los retos propios de la Educación Ignaciana, IDENTIDAD BARTOLINA. Este costo cubre: Ejercicios Espirituales o Encuentros con Cristo, FAS, Salida Pedagógica, Actividades Culturales, Carné y Derechos de Grado para 11º, 5º de Primaria y Transición. 

Parágrafo: Los costos anteriores, aprobados por el Consejo Directivo, son ajustados cada año de acuerdo a con lo reglamentado por el Gobierno Nacional a través del índice de inflación que determina las alzas o por la resolución expedida para tal fin de acuerdo con el régimen de libertad regulada. (Se anexan los costos al Final del Manual de Convivencia).


TÍTULO IX
MEDIOS DE COMUNICACIÓN


Artículo 92. MEDIOS ESCRITOS
1.     Agenda Institucional. Es el medio que se utiliza para informar el calendario escolar anual y para formar a los (as) Estudiantes en el planear sus propias actividades.
2.     Boletín Informativo Virtual: por el cual se da a conocer a la Comunidad Educativa información de la vida del Colegio.
3.     Impresos promociónales (Afiches, plegables, volantes, etc.): Este tipo de impreso contiene además de la información respectiva, la imagen corporativa de la institución (nombre y Escudo o logo del Colegio). Su elaboración será autorizada por cada director de Área funcional. Su distribución la realiza el Área responsable del mismo.
4.     Anuario: Recopilación de las experiencias vividas durante el año en la institución.
5.     Circulares Virtuales o Impresas. de carácter informativo dirigido a un grupo de interés. En algunos casos lleva desprendible el cual se devuelve firmado como constancia de recibo de la información. Las circulares son generadas por Rectoría, Directores de Área, Subdirección de Preescolar y Primaria o coordinaciones.
6.     Cartas. Utilizadas para comunicaciones con destinatario individual, van en papelería oficial del Colegio y firmada por quien la genera.

Artículo 93. MEDIOS AUDIO-VISUALES.
1.       El Colegio cuenta con la emisora “La Cúpula”, medio de expresión de los/as Estudiantes.
2.       Videos: Se realizan por servicio externo de acuerdo a la necesidad de las Áreas. Para solicitar este servicio, se deberá pedir autorización escrita al Director/a del Área correspondiente.

Artículo 94. MEDIOS ELECTRÓNICOS. Son los medios en los cuales se utiliza las tecnologías de la información y la comunicación.

Artículo 95. REUNIONES. La Institución tiene establecido un plan de reuniones formales y periódicas así: Consejo Directivo (Periódicamente). Semanalmente se reúnen los siguientes Consejos: Ejecutivo, Pastoral, Académico, Bienestar Estudiantil, Administrativo, Coordinadores de Área y sus equipos, Servicio de Asesoría Escolar SAE, Coordinadores de Grado y Acompañantes Grupales, Coordinadores de departamento y sus equipos. Comité Paritario de Salud Ocupacional (COPASO una vez al mes). Reuniones de Padres de Familia convocadas por el Rector y dirigidas por los Directores del Proceso de Formación.

Artículo 96. QUEJAS Y RECLAMOS: Con el fin de mejorar los procesos y escuchar la voz del beneficiario los Alumnos/a, Padres de Familia y colaboradores podrán hacer llegar sus quejas, reclamos, sugerencia y/o felicitaciones a la página del Colegio icono comentarios o a través de nuestro buzón, ubicado en la recepción de cada sede. El tiempo establecido para dar respuesta es de 10 días hábiles (no se tendrán en cuenta los anónimos).


TÍTULO X
REFORMA AL REGLAMENTO O MANUAL DE CONVIVENCIA.


Artículo 97. El Reglamento o Manual de Convivencia será reformado y aprobado por el Consejo Directivo. Se podrá apoyar en los aportes de la Comunidad Educativa.


TÍTULO XI
VIGENCIA DEL REGLAMENTO O MANUAL DE CONVIVENCIA

Artículo 98. Este Reglamento o Manual de Convivencia del Colegio Mayor de San Bartolomé comienza a regir a partir del 1º de Enero del año 2011 y deroga los Reglamentos o Manuales de Convivencia de los años anteriores.

Antes de matricular a su hijo/a en el Colegio, Los Padres de Familia y el/la Estudiante deben conocer e interiorizar el Reglamento o Manual de Convivencia. Favor leerlo en la dirección que aparece a continuación http://mayor-colegiomayordesanbartolome.blogspot.com/2010/11/manual-de-convivencias-2011.html y diligenciar la aceptación del mismo en el siguiente formato.




CONOCIMIENTO Y ACEPTACIÓN
DEL REGLAMENTO O MANUAL DE CONVIVENCIA
DEL COLEGIO MAYOR DE SAN BARTOLOMÉ




Nombre del/a Estudiante: ________________________________________________     Grado: _________

Nombre de la Madre: ______________________________________________________________________

Nombre del Padre: ________________________________________________________________________

Nombre del/a Acudiente: ___________________________________________________________________




Hacemos constar que recibimos, leímos, interiorizamos y aceptamos el Reglamento o Manual de Convivencia del Colegio Mayor de San Bartolomé, para el año lectivo ______ y como integrantes de la Comunidad Educativa, nos comprometemos a cumplirlo y hacerlo cumplir. Entendemos que hace parte del contrato de matrícula y es el marco de referencia de nuestros derechos y deberes, de la resolución de conflictos y dificultades que eventualmente se puedan presentar.




En constancia firmamos a los _____  días del mes de _____________________ del _____




______________________   _____________________   _____________________   ____________________
Madre                                       Padre                                       Acudiente                              Estudiante




NOTA: ESTE MANUAL APLICA
PARA TODAS LAS PERSONAS VINCULADAS AL COLEGIO
Y PARA TODAS LAS ACTIVIDADES PROGRAMADAS POR EL MISMO

1 comentario:

  1. Buenas tardes, cuando publican el proceso de inscripción de los nuevos alumnos

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